Divorcio a la francesa

José Luís Mota Garay*

«La idea de contemplar la separación que conlleva el divorcio, sin contar con la protección del juez, supone hacerle perder fuerza institucional al matrimonio»

 El Consejo que estudia La modernización de las políticas públicas en Francia, que ha impulsado Sarkozy, ha propuesto El divorcio sin juez y sin abogados, para los casos de consentimiento mutuo: cuando los cónyuges están de acuerdo sobre el conjunto de los pactos con los que cierran el divorcio. Como su objeto es hacer el divorcio más simple, menos costoso y más rápido, bastaría registrar el acto ante un notario. No sería de extrañar que aquí en España, como copiamos todo lo malo que viene de fuera, y nos oponemos a todo lo bueno que tenemos –léase: las declaraciones descompuestas de algunos políticos ante la manifestación pública en defensa de la familia, hecha por muchos cientos de miles de personas en la plaza de Colón de Madrid el pasado 30 de diciembre- copiásemos a los franceses y nos lanzásemos con los ojos cerrados a este tipo de divorcio ante notario. Parece que siempre las propuestas legislativas deben apoyarse en estadísticas, y los resultados en Francia son de 150.000 divorcios anuales, de los cuales el 50% son por consentimiento mutuo, que suponen el 13% de los procedimientos civiles. Los abogados franceses han visto en la iniciativa del gobierno, con esta simplificación del divorcio, que también puede ser un globo sonda, una agresión a su profesión, con los argumentos jurídicos de que se perdería: la importancia del consejo del abogado y la garantía del juez. También puede haber un motivo económico de fondo: los honorarios de los abogados oscilan entre los 1000 y 4000 euros por divorcio. Pero no hablan en ningún momento de si la propuesta sería negativa al hacer más frágil el matrimonio, por legislar de espaldas a la sociedad.

La boda tiene por objeto, además de todas las manifestaciones de fiesta que lleva consigo, la presentación ante la sociedad de la unión de dos personas que al casarse forman una entidad nueva, una familia, que tiene carácter público, y que socialmente, aparte del acto religioso, deben dejar constancia de su nueva situación civil: por eso la presencia de los testigos y el registro civil ante el juez. Estos aspectos, aparentemente formales, del matrimonio son importantes porque la sociedad y las leyes pasan a considerar a los contrayentes en su nuevo estado. Por eso, la idea de contemplar la separación que conlleva el divorcio, sin contar con la protección del juez, supone hacerle perder fuerza institucional al matrimonio.

La institucionalización del matrimonio, que tanto arraigo tiene en muchos pueblos de la tierra, y tan bien perfilado estuvo en el Derecho Romano del que somos herederos todos los países del mundo occidental, es a la vez es un bien patrimonial del bien común. Por tanto, todo lo que sea desvirtuarlo en sus aspectos esenciales como: su unidad –un hombre con una mujer-, su finalidad –ayudarse mutuamente; y constituir una familia -en la que puedan ser atendidos con cariño y eficacia educativa los hijos- es atentar contra un bien de todos y empobrecer la herencia para los que vengan después.

*Biólogo y periodista

 En Canarias 7